Honorable Concejo Deliberante 

       2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

 

O R D E N A N Z A: Nº 870

 

 

Artículo 1º) Autorizase  a  la  Cooperativa  Agropecuaria   e

             Industrial de Colón, la tarifa de A 22,08 por abasto por animal, en el Matadero Municipal, a partir de la sanción de la presente Ordenanza.-

 

-         Tarifa actual

  (sin haber sido actualizada hasta la fecha)     A 15,87

-  Incremento por mano de Obra 42,5% s/ 67,37%    A  4,54

-         Incremento por otros conceptos 32,25% s/ 32,63&A   1,67   

 

Nueva tarifa a aplicar .......................... A 22,08

 

Artículo 2º) Periódicamente  y  a  requerimiento de H.C.D. la

             Cooperativa deberá presentar un estudio de costos integral que se tendrá en cuenta a los efectos de la determinación de las tarifas a aplicar como así también para la obtención de los nuevos porcentajes correspondientes a los conceptos mencionados en el artículo anterior.-

 

Artículo 3º) De forma.-

 

  

 

 

 

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 23 DE DICIEMBRE DE 1.987.-