Honorable Concejo Deliberante
2720 Colón
Buenos Aires
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A: Nº 870
Artículo 1º)
Autorizase a la
Cooperativa Agropecuaria e
Industrial de Colón, la tarifa
de A 22,08 por abasto por animal, en el Matadero Municipal, a partir de la
sanción de la presente Ordenanza.-
-
Tarifa actual
(sin haber sido
actualizada hasta la fecha) A 15,87
- Incremento por mano de Obra 42,5% s/
67,37% A 4,54
-
Incremento por otros conceptos
32,25% s/ 32,63&A 1,67
Nueva tarifa a
aplicar .......................... A 22,08
Artículo
2º) Periódicamente
y a requerimiento de H.C.D. la
Cooperativa deberá presentar un
estudio de costos integral que se tendrá en cuenta a los efectos de la
determinación de las tarifas a aplicar como así también para la obtención de
los nuevos porcentajes correspondientes a los conceptos mencionados en el
artículo anterior.-
Artículo
3º) De forma.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 23 DE DICIEMBRE DE 1.987.-