Honorable Concejo Deliberante
2720 Colón
Buenos Aires
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A: Nº 877
Artículo
1º) Fíjase a partir de la fecha, la siguiente
tarifa
para el servicio
de Taxis en el Partido de Colón. El valor de la ficha será de A 0,20.-
Bajada de
bandera 10 fichas.-
Por kilometro
destino 10 fichas.-
Por kilometro
corrido 5 fichas.-
Por cada 100
mts. Recorridos 1 ficha.-
Por minuto de
espera 1 ficha.-
Por
servicios Especiales:
Acompañamiento
fúnebre A 20.-
Traslado
bancario (ida-vuelta) A 18.-
Bautismo A 20.-
Casamiento
(civil-iglesia) A 20.-
Traslado a
fotografía A 20.-
Artículo 2º) De
forma.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 25 DE FEBRERO DE 1988.-