Honorable Concejo Deliberante
2720 Colón
Buenos Aires
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A: Nº 884
Artículo
1º) Exímase,
durante el año 1988, del pago de las
Tasas de Barrido y Limpieza de la Vía
pública y Servicios Sanitarios al Colegio Santa Marta, sita en calle 17 y 49 de
nuestra Ciudad.-
Artículo
2º) La
eximición a que se refiere el
Art. 1º de la
presente
norma legal, se refiere exclusivamente a la propiedad antes mencionada.-
Artículo
3º) Autorizase
al D.E. a la
extensión de la
franquicia
correspondiente según lo prevee la Ord. 52 de la Pcia. De Bs.As..-
Artículo
4º) De forma.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 25 DE FEBRERO DE 1988.-