Honorable Concejo Deliberante 

       2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

 

O R D E N A N Z A: Nº 884

 

 

Artículo 1º) Exímase,  durante el  año  1988, del pago de las

             Tasas de Barrido y Limpieza de la Vía pública y Servicios Sanitarios al Colegio Santa Marta, sita en calle 17 y 49 de nuestra Ciudad.-

 

Artículo 2º) La  eximición  a que se refiere el Art. 1º de la

             presente norma legal, se refiere exclusivamente a la propiedad antes mencionada.-

 

Artículo 3º) Autorizase   al   D.E.   a   la  extensión de la

             franquicia correspondiente según lo prevee la Ord. 52 de la Pcia. De Bs.As..-

 

Artículo 4º) De forma.-  

 

 

 

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 25 DE FEBRERO DE 1988.-