Honorable Concejo Deliberante
2720 Colón
Buenos Aires
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A: Nº 896
Artículo
1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo a ceder
en
Tenencia precaria a la Sociedad Bomberos
Voluntarios por el plazo de 1 año un campo de 41 Has. 69 ca.
Cuyos datos catastrales son los siguientes: Circ. 1 – Secc.
1 Chacra 117 – Part. 3234.-
Artículo
2º) La
tenencia será siempre
precaria, y como
Consecuencia el acto revocable en
cualquier tiempo por decisión de la autoridad competente según decreto Ley Nº
9533/80 (Capitulo 1V).-
Artículo 3º) De forma.-
DADO
Y APROBADO EN AL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON
Bs.As. EL DIA 20 DE ABRIL DE 1988.-