Honorable Concejo Deliberante 

       2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

 

 

 

                O R D E N A N Z A   Nº 924

 

 

 

Artículo 1º: Autorizase  al  D.E.  a ceder por el plazo de un

             año (1) un predio liderado al parque Pibelandia en la ubicación, y medidas que determinen la Dirección Municipal de Obras Públicas, para la instalación de una calesita a la Sra. María del Carmen Cirone de Gastambide, domiciliada en calle 20 Nº 787 de esta ciudad.-

 

Artículo 2º: La cesión autorizada tendrá a su exclusivo cargo

             la higiene, seguridad infantil, cubierta por un seguro de responsabilidad civil a satisfacción del Municipio y el ornato del predio destinado al efecto.-

 

Artículo 3º: Establécese    un    día   de   la   semana   de

             funcionamiento gratis para ser dispuesto por la Presidencia de este H. Concejo a los fines de brindarle este entretenimiento a las instituciones o entidades que lo soliciten con la antelación correspondiente.-  

 

Artículo 4º: Para ajustarse a la Ordenanza Impositiva del ejercicio 1988, se incluirá la explotación de la calesita en el Capitulo XI: Derecho a Espectáculos Públicos, Art. 71, inciso III, apartado a) y además efectivisará un canon mensual por cesión de terreno, equivalente a 100 boletos, al valor vigente al momento de su liquidación.-

 

Artículo 5º: De forma.-

        

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 16 DE JUNIO DE 1.988.-