HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1122
ARTICULO 1.- Autorízase a la Cooperativa
Agropecuaria e
Industrial de Colón Ltda. a aplicar la tarifa por abasto de Vacunos A
6.128,17 y por abasto de Porcinos A 8.193,17.-
ARTICULO 2.- Para el cálculo se tomó:
Tarifa Actual 5.083,87
Incremento por mano de obra 7% s/67,37% 239,75
Incremento por otros conceptos 48,50% s/32,63% 804,55
Nueva tarifa a aplicar para animales vacunos 6.128,17
Incremento extra 7 lts. de gas-oil
a A 295,00 el lt. 2.065,00
Nueva tarifa a aplicar para animales porcinos 8.193,17
ARTICULO
3ro.- Periódicamente
y a requerimiento del H.C.D. la
Cooperativa deberá presentar un estudio integral de costos que se
tendrá en cuenta a los efectos de la determinación del costo de las
tarifas a aplicar como así también para la obtención de los nuevos porcentajes
correspondientes a los conceptos mencionados en el Artículo 2do.-
ARTICULO 4.- De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EL DIA 25 DE
ENERO DE 1990.-