HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1124

 

 

 

ARTICULO 1.- Suspéndase  la  vigencia  del   Artículo  41  de  la

             Ordenanza Fiscal durante el mes de Febrero de 1990 en todo lo que se refiere a accesorios por pago fuera de término aplicándose para dicho período, sobre el índice del 31 de Enero de 1990 una tasa fija del 20%, confeccionándose con dicho porcentaje los índices diarios a regir para el referido mes de febrero de 1990.-

 

ARTICULO 2.- El  artículo  1ro.  ser   de   aplicación  para   la

             totalidad de los pagos fuera de término que efectúen los contribuyentes.-

 

ARTICULO 3.- De Forma.-

 

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DIA 25 DE ENERO DE 1990.