HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1124
ARTICULO 1.- Suspéndase la
vigencia del Artículo
41 de la
Ordenanza Fiscal durante el mes de Febrero de 1990 en todo lo que se
refiere a accesorios por pago fuera de término aplicándose para dicho período,
sobre el índice del 31 de Enero de 1990 una tasa fija del 20%, confeccionándose
con dicho porcentaje los índices diarios a regir para el referido mes de
febrero de 1990.-
ARTICULO 2.- El
artículo 1ro. ser
de aplicación para
la
totalidad de los pagos fuera de término que efectúen los
contribuyentes.-
ARTICULO 3.- De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DIA 25 DE
ENERO DE 1990.