HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1132

 

 

 

ARTICULO 1.- Autorízase   a   la   Cooperativa   Agropecuaria   e

             Industrial de Colón Ltda. a aplicar la tarifa por Abasto de Vacunos en la suma de Australes Trece Mil Ochocientos Noventa y Tres con Ochenta y Siete Centavos (A 13.893,87) y por Abasto de Porcinos en la suma de Australes Diecisiete Mil Trescientos Veintitrés don Ochenta y Siete Centavos (A 17.323,87).-

 

ARTICULO 2.- Para el cálculo se tomó:

 

Tarifa Actual para Vacunos                            A 6.128,17

Incremento por mano de obra 154% s/67,37              A 6.357,97

Incremento por otros conceptos 70,4% s/32,63          A 1.407,73

Nueva tarifa a aplicar para animales vacunos          A13.893,87

 

Incremento extra 7 lts.gas-oil a A 490 el lt.         A 3.430,00

 

Nueva tarifa a aplicar para animales porcinos         A17.323,87

 

ARTICULO 3.- Periódicamente  y  a  requerimiento  del  H.C.D.  la

             Cooperativa deber  presentar un estudio integral de costos que se tendrá  en cuenta a los efectos de la determinación del costo de las tarifas a aplicar como así también para la obtención de los nuevos porcentajes correspondientes a los conceptos mencionados en el Artículo 2do.-

 

ARTICULO 4.- De Forma.-

 

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DIA 26 DE FEBRERO DE 1990.