HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1132
ARTICULO 1.- Autorízase a
la Cooperativa Agropecuaria e
Industrial de Colón Ltda. a aplicar la tarifa por Abasto de Vacunos en
la suma de Australes Trece Mil Ochocientos Noventa y Tres con Ochenta y Siete
Centavos (A 13.893,87) y por Abasto de Porcinos en la suma de Australes
Diecisiete Mil Trescientos Veintitrés don Ochenta y Siete Centavos (A
17.323,87).-
ARTICULO 2.- Para el cálculo se tomó:
Tarifa Actual para Vacunos A 6.128,17
Incremento por mano de obra 154% s/67,37 A 6.357,97
Incremento por otros conceptos 70,4% s/32,63 A 1.407,73
Nueva tarifa a aplicar para animales vacunos A13.893,87
Incremento extra 7 lts.gas-oil a A 490 el lt. A 3.430,00
Nueva tarifa a aplicar para animales porcinos A17.323,87
ARTICULO 3.- Periódicamente y
a requerimiento del
H.C.D. la
Cooperativa deber presentar un estudio integral de costos que se
tendrá en cuenta a los efectos de la determinación del costo de las
tarifas a aplicar como así también para la obtención de los nuevos porcentajes
correspondientes a los conceptos mencionados en el Artículo 2do.-
ARTICULO 4.- De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DIA 26 DE
FEBRERO DE 1990.