HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1147
ARTICULO 1.- Autorízase a la Cooperativa Eléctrica de
Colón Ltda.
a
aplicar el siguiente tarifado para el mes de Febrero de 1990.-
Residencial menos de 70 Kw. 153,18
Residencial m s de 70 Kw. 198,16
Comercio e Industria 398,52
Rurales 470,58
Reparticiones Oficiales 274,45
Reparticiones Municipales 274,45
Grandes Consumos:
San
Sebastián - Mazzieri Bolsarpil - Sta.
Ursula
Cargo Fijo
26.474,63
29.173,67
Hora Pico 185,57 269,89
Hora Valle 73,56 101,30
Hora Resto 102,56 101,30
ARTICULO 2.- A los importes establecidos
en el Art.
1ro. se
adicionar n los correspondientes en cada caso por la aplicación de
las actuales leyes impositivas Nacionales Provinciales, Municipales y/o las que
en el futuro graven la comercialización de la corriente eléctrica.-
ARTICULO 3.- De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B)
EL DIA 30 DE MARZO DE 1999.