HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1150
ARTICULO 1.- Incrementase a partir del día 1ro. de
Marzo de 1990
en
un 62,65% las remuneraciones básicas del personal municipal vigentes al 28 de
Febrero de 1990.-
ARTICULO 2.- Incrementase a
partir de la
misma fecha y en el
mismo porcentaje los gastos de
representación del Sr. Intendente Municipal.-
ARTICULO 3.- Incrementase a partir del 1ro. de Marzo
de 1990, la
bonificación Especial de Enfermera, Auxiliar de Enfermería y Mucama
Enfermera en un 62,65%, quedando fijadas en las sumas de A 16.408, A 10.938 y A
8.202, respectivamente.-
ARTICULO 4.- Conforme
a lo dispuesto por la Ley
Provincial Nro.
10.858 que introdujo modificaciones a la Ley Orgánica de las
Municipalidades, se ajustan las indemnizaciones fijadas en la Ordenanza Nro.
753 de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del nuevo Art. 92 de dicha
Ley Orgánica.-
ARTICULO 5.- Facúltase al Departamento Ejecutivo
a efectuar las
modificaciones presupuestarias que correspondan por aplicación de la
presente Ordenanza.-
ARTICULO 6.- De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DIA 30
DE MARZO DE 1990.