HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1150

 

 

ARTICULO 1.- Incrementase a partir del día 1ro. de Marzo de 1990

             en un 62,65% las remuneraciones básicas del personal municipal vigentes al 28 de Febrero de 1990.-

 

ARTICULO 2.- Incrementase  a  partir  de  la  misma fecha y en el

             mismo porcentaje los gastos de representación del Sr. Intendente Municipal.-

 

ARTICULO 3.- Incrementase a partir del 1ro. de Marzo de 1990, la

             bonificación Especial de Enfermera, Auxiliar de Enfermería y Mucama Enfermera en un 62,65%, quedando fijadas en las sumas de A 16.408, A 10.938 y A 8.202, respectivamente.-

 

ARTICULO 4.- Conforme  a  lo dispuesto por la Ley Provincial Nro.

             10.858 que introdujo modificaciones a la Ley Orgánica de las Municipalidades, se ajustan las indemnizaciones fijadas en la Ordenanza Nro. 753 de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del nuevo Art. 92 de dicha Ley Orgánica.-

 

ARTICULO 5.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a  efectuar  las

             modificaciones presupuestarias que correspondan por aplicación de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 6.- De Forma.-

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DIA 30 DE  MARZO DE 1990.