HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1155
ARTICULO 1.- Fíjase
a partir del
día 11 de Abril de 1990, el
traslado bancario y servicios fúnebres en A 15.000 y A 30.000
respectivamente y a partir del 30 de Abril los siguientes servicios y por los
valores que se detallan:
Valor de la ficha
A 250
Bajada de bandera 10 fichas
Por cada 100 mts. recorridos 1 ficha
Por minuto de espera 1 ficha
Por kilómetro destino 10 fichas
Por kilómetro recorrido 1 ficha
Servicios Especiales
Casamiento
A 30.000
Casamiento y fotografía 30.000
Bautismos 30.000
ARTICULO 2.- De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B)
EL DIA 27 DE ABRIL DE 1990.