HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1156
ARTICULO 1.- Autorízase a la Cooperativa Eléctrica de
Colón Ltda. a aplicar el siguiente tarifado para el mes de Abril de 1990:
Residencial menos de 70 Kw. 241,90
Residencial m s de 70 Kw. 312,93
Comercio e Industria 629,34
Rurales 732,14
Reparticiones Oficiales 433,41
Reparticiones Municipales 433,41
Grandes Consumos:
San
Sebastián-Mazzieri Bolsarpil SA -
Sta. Ursula
Cargo Fijo
41.808,74
46.071,06
Hora Pico 293,05 426,21
Hora Valle 116,17 159,98
Hora Resto 161,96 159,98
ARTICULO 2.- A
los importes establecidos
en el Art. 1ro. se
adicionar n los
correspondientes en cada caso por aplicación de las actuales leyes impositivas
Nacionales Provinciales y Municipales y/o las que en el futuro graven la
comercialización de la corriente eléctrica.-
ARTICULO 3.- De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DIA 27 DE
ABRIL DE 1990.-