HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1578

 

 

Artículo 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a 

              no descontar el día de trabajo, ni tampoco premios por asistencia  del personal municipal que colabore con donación de sangre, siempre y cuando justifique con certificado dicho acto solidario.-

 

Artículo 2º.- De forma.-

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EL DIA 20 DE MARZO DE 1995.