HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1578
Artículo
1º.- Autorizase
al Departamento Ejecutivo Municipal a
no
descontar el día de trabajo, ni tampoco premios por asistencia del personal municipal que colabore con
donación de sangre, siempre y cuando justifique con certificado dicho acto
solidario.-
Artículo
2º.- De
forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EL DIA 20 DE
MARZO DE 1995.