HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1617
Artículo
1ro: Exímase
de las Tasas Municipales, al Sindicato
de
Obreros y Empleados de la Carne de Colón por el período comprendido desde la
sanción de la presente y hasta el 31 de Diciembre del corriente año.-
Artículo
2do: Autorizase al
D.E. a la
extensión de la
franquicia correspondiente.-
Artículo
3ro: De
forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B)
EL DIA 27 DE OCTUBRE DE 1995.-