HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1618
Artículo
1ro: El
horario comercial de
los locales de
vídeo
juegos se establece hasta las
22,00 horas de lunes a jueves y hasta las 24 horas de viernes a domingos.-
Artículo 2do: Se exigirá la cumplimentación de la
Ordenanza Nro.
1456/93 y de la Ley vigente referente al expendio de bebidas
alcohólicas.-
Artículo 3ro: Se solicitará a la Policía de la Pcia.
de Bs.As.
ejerza un control más estricto de dichos lugares.-
Artículo 4to: El D.E. a través de la Oficina de Rentas
controlará
las habilitaciones correspondientes, las cuales se deberán ajustar a las Ordenanzas vigentes.-
Artículo
5to: De
forma.-
DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 27 DE OCTUBRE DE 1995.-