HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720
Colón Buenos Aires
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A Nº 1624
Articulo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar
un subsidio hasta Dieciséis Mil
Pesos ($16.000) a la
Comisión Municipal Organizadora de los Festejos del Centenario de la Creación
del Partido de Colón.-
Articulo 2º: A
los efectos de
dar cumplimiento al
Articulo Primero, créase
la Partida
"Subsidio Comisión
Centenario Partido de
Colón" otorgando a la
misma un crédito de Pesos Dieciséis
Mil ($ 16.000), provenientes de economías realizadas
en las siguientes cuentas:
Jurisdicción II - Finalidad I -
Item 1 - Gastos en Personal
Personal Jerárquico $ 8.000
Personal Administrativo 4.000
Personal Obrero 3.000
Finalidad 6 - Crédito
Adicional $ 1.000
Total: $
16.000
Articulo 3º: A fin
de dar cumplimiento
a lo expresado en la presente ordenanza el D.E.
Municipal deberá contar con
el balance final portado por la
Comisión Municipal Organizadora de los Festejos del Centenario, el cual
deberá ser aprobado por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Articulo 4º: El
Departamento Ejecutivo deberá
abonar directamente a
la Asociación
Española de Servicios Mutuos
hasta la suma de $ 5.400, a la Asociación
Italiana de Servicios Mutuos hasta la suma de
$ 10.000 y hasta
la suma de $
600 por deudas con terceros. Las
deudas con las Asociaciones Mutuales figuran a nombre de
los siguientes miembros de la
Comisión Sres.: Abel Junqueras, Isidro Chiaravalli, Juan O.
Salinas, Horacio De Donatis,
Enrique Farabolini, Jorge Morales y Luis Francescangeli.-
Articulo 5º: De forma.-
DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 6 DE DICIEMBRE DE 1995.-