HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1439

 

 

 

Artículo Nº 1: Autorízase  al Departamento Ejecutivo a eximir

               del pago de los derechos de construcción de la Capilla para Servicios Religiosos, a la Cooperativa de Servicios Fúnebres y la misma se enclavar  en el terreno contiguo a las Salas Velatorias de calle 22 entre 47 y 48 de esta ciudad.-

 

Artículo Nº 2: De Forma.-

 

 

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL DIA 23 DE ABRIL DE 1993.-