HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1439
Artículo Nº
1:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a
eximir
del pago de los derechos de construcción de la Capilla para Servicios
Religiosos, a la Cooperativa de Servicios Fúnebres y la misma se enclavar
en el terreno contiguo a las Salas Velatorias de calle 22 entre 47 y 48 de esta
ciudad.-
Artículo Nº
2: De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL
DIA 23 DE ABRIL DE 1993.-