HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1446
Artículo Nº
1: Autorízase al
Departamento Ejecutivo a
entregar a cuenta del precio por m quinas nuevas las m quinas
que se detallan en el Anexo I (Fs. 2) de la presente.-
Artículo
Nº2: A los
efectos de proceder
a la entrega
dispuesta por el Artículo 1º, el Departamento Ejecutivo deber
tener en cuenta la tasación practicada por la Oficina de Compras del Municipio
obsteniendose de aceptar propuestas inferiores al 75%(setenta y cinco por
ciento) de la tasación conforme a lo dispuesto en el Art. 161 de la Ley
Orgánica Municipal (según detalle de fs. 3).-
Artículo Nº
3: De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL
DIA 14 DE MAYO DE 1993.-