HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1446

 

 

 

Artículo Nº 1: Autorízase   al   Departamento   Ejecutivo   a

               entregar a cuenta del precio por m quinas nuevas las m quinas que se detallan en el Anexo I (Fs. 2) de la presente.-

 

Artículo Nº2: A  los  efectos  de   proceder  a  la   entrega

              dispuesta por el Artículo 1º, el Departamento Ejecutivo deber  tener en cuenta la tasación practicada por la Oficina de Compras del Municipio obsteniendose de aceptar propuestas inferiores al 75%(setenta y cinco por ciento) de la tasación conforme a lo dispuesto en el Art. 161 de la Ley Orgánica Municipal (según detalle de fs. 3).-

 

Artículo Nº 3: De Forma.-

 

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL DIA 14 DE MAYO DE 1993.-