HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1452
Artículo Nº
1: Ordénase al
Departamento Ejecutivo la
construcción de una vereda para
peatones, en calle 14 entre 42 y 45, del lado sudoeste.-
Artículo Nº
2: Autorízase
al D.E. Municipal a requerir de los
vecinos frentistas el pago por las erogaciones en que incurra el
Municipio para costear los gastos de construcción.-
Artículo Nº
3: Facúltase
al Departamento de Obras Públicas de
esta Municipalidad a establecer el aspecto técnico de la construcción.-
Artículo Nº 4: De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL
DIA 11 DE JUNIO DE 1993.-