HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1452

 

 

 

Artículo Nº 1: Ordénase   al   Departamento    Ejecutivo   la

               construcción de una vereda para peatones, en calle 14 entre 42 y 45, del lado sudoeste.-

 

Artículo Nº 2: Autorízase al D.E. Municipal a requerir de los

               vecinos frentistas el pago por las erogaciones en que incurra el Municipio para costear los gastos de construcción.-

 

Artículo Nº 3: Facúltase al Departamento de Obras Públicas de

               esta Municipalidad a establecer el aspecto técnico de la construcción.-

 

Artículo Nº 4: De Forma.-

 

 

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL DIA 11 DE JUNIO DE 1993.-