HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1454

 

 

 

Artículo Nº 1: Estableces para el tránsito y estacionamiento de la calle Juan María Andrade las siguientes cláusulas:

 

a)     Otorgar  libre  tránsito  pesado  desde las 6 hasta las 13

   horas de cada día.-

b)     En  el horario establecido en el inciso anterior, prohibir

   todo tipo de estacionamiento de vehículos.-

c)     Fuera de los horarios establecidos precedentemente, estar 

Permitido   el  estacionamiento   de   vehículos   (autos-

   camionetas).-

d)     El sentido de circulación de la mencionada arteria ser de

   sudeste a noreste.-

e) Las  disposiciones  mencionadas  anteriormente  deberán ir

   acompañadas  por sus carteles indicadores, que deberán ser

   implantados de manera visible y conveniente.-

 

Artículo Nº 2: De Forma.-

 

 

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL DIA 11 DE JUNIO DE 1993.-