HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1454
Artículo Nº
1: Estableces
para el tránsito y estacionamiento de la calle Juan María Andrade las
siguientes cláusulas:
a)
Otorgar
libre tránsito pesado
desde las 6 hasta las 13
horas de cada
día.-
b)
En el horario
establecido en el inciso anterior, prohibir
todo tipo de
estacionamiento de vehículos.-
c)
Fuera de los horarios establecidos precedentemente,
estar
Permitido el
estacionamiento de vehículos
(autos-
camionetas).-
d)
El sentido de circulación de la mencionada arteria
ser de
sudeste a
noreste.-
e) Las
disposiciones mencionadas anteriormente
deberán ir
acompañadas por sus carteles
indicadores, que deberán ser
implantados
de manera visible y conveniente.-
Artículo Nº 2: De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL
DIA 11 DE JUNIO DE 1993.-