HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1496
Artículo Nº
1: Autorízase
al Departamento Ejecutivo Municipal
a
otorgar a la Comisión Vecinal del Barrio Mirador del Lago el terreno ubicado en
cantero de calle 52 entre Capilla San Cayetano y calle 7, donde deber n
construir su sede social, cultural, recreativa y Sala de Primeros Auxilios.-
Artículo Nº
2: Las
dimensiones del terreno no deber n exceder
los 20 mts. por 70 mts., debiendo dejar los espacios de vereda y ochavas
correspondientes (según ley de urbanismo).-
Artículo Nº
3: Se otorga
por la presente, un plazo de doce
meses para que la Comisión Barrial de inicio de la mencionada obra.-
Artículo Nº
4: La
presente autorización no priva al D.E.
disponer del bien, o de las instalaciones construidas, en caso de que la
Comisión Barrial cese sus actividades.-
Artículo Nº
5: La Dirección
de Obras Públicas
de la
Municipalidad de Colón deber aprobar los planos correspondientes y
tendrá a su cargo la fiscalización y dirección de obra.-
Artículo Nº
6: De Forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL
DIA 12 DE NOVIEMBRE DE 1993.-