HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

O R D E N A N Z A   Nº 1496

 

 

 

Artículo Nº 1: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal

               a otorgar a la Comisión Vecinal del Barrio Mirador del Lago el terreno ubicado en cantero de calle 52 entre Capilla San Cayetano y calle 7, donde deber n construir su sede social, cultural, recreativa y Sala de Primeros Auxilios.-

 

Artículo Nº 2: Las dimensiones del terreno no deber n exceder

               los 20 mts. por 70 mts., debiendo dejar los espacios de vereda y ochavas correspondientes (según ley de urbanismo).-

 

Artículo Nº 3: Se  otorga  por  la presente, un plazo de doce

               meses para que la Comisión Barrial de inicio de la mencionada obra.-

 

Artículo Nº 4: La presente autorización no priva al D.E.

               disponer del bien, o de las instalaciones construidas, en caso de que la Comisión Barrial cese sus actividades.-

 

Artículo Nº 5: La  Dirección  de   Obras   Públicas   de   la

               Municipalidad de Colón deber  aprobar los planos correspondientes y tendrá  a su cargo la fiscalización y dirección de obra.-

 

Artículo Nº 6: De Forma.-

 

 

 

DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON EL DIA 12 DE NOVIEMBRE DE 1993.-