HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

        2720 Colón Buenos Aires

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EL HONORABLE CONCEJO DELINERANTE SANCIONES CON FUERZA DE

 

O R D E N A N Z A  Nº 1527

 

 

Artículo 1º: Prorrógase   por  noventa días  (90) contados  a

             partir de  la fecha  de  la  sanción  de la presente, el plazo para  solicitar  a  la Oficina de Rentas del Municipio el acogimiento a la Ordenanza Nro. 1489 de fecha 14 de Octubre de 1993.-

 

Artículo 2º: Prorrógase hasta  el  día 30 de junio de 1994 la

             fecha para el  pago  de la cuota de a Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de  la Red Vial Municipal, comprendida en el beneficio establecido  por la  ordenanza mencionada en el Articulo anterior y en la proporción  de la  afectación que surja para el inmueble  que solicitan acogimiento de acuerdo  al  Decreto  Provincial que establezca la emergencia  para  el mismo.-

 

Artículo 3º: De forma.-

 

 

DADO Y APROBADO  EN  LA  SALA  DE  SESIONES  DEL  HONORABLE  CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B), EL DIA 13 DE MAYO 1994.-