HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELINERANTE SANCIONES CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1527
Artículo 1º: Prorrógase por
noventa días (90) contados a
partir de la fecha de
la sanción de la presente, el plazo para solicitar
a la Oficina de Rentas del
Municipio el acogimiento a la Ordenanza Nro. 1489 de fecha 14 de Octubre de
1993.-
Artículo 2º: Prorrógase hasta el día
30 de junio de 1994 la
fecha para el pago de la cuota de a Tasa por Conservación,
Reparación y Mejorado de la Red Vial
Municipal, comprendida en el beneficio establecido por la
ordenanza mencionada en el Articulo anterior y en la proporción de la
afectación que surja para el inmueble
que solicitan acogimiento de acuerdo
al Decreto Provincial que establezca la emergencia para
el mismo.-
Artículo 3º: De forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA
SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B), EL DIA 13
DE MAYO 1994.-