HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DLELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1553
Artículo lº: Exclúyase
el inciso 1ro.
del Items 3 de la
Ordenanza Nro.1424, el párrafo que
dice:
"Por todo daño intencional causado
en los arboles".
Artículo 2º: Incorporase como
inciso 49 del Items 3, de la
Ordenanza Nro 1424, y cuya lectura, será la siguiente:
"Por todo daño intencional causado por
malos tratos o poda
indebida
de árboles de cualquier especie, módulos...100”
Artículo 3º: Modifíquese la cantidad de módulos establecidos
en 100 en el inciso 25 del Items
3ro. elevándose el mismo a 150 módulos.-
Artículo 4º: Para
que la población
se dé por
enterada
de la modificación de la
Ordenanza Nro. 1424 se procederá a difundir la misma mediante medios de
prensa.-
Articulo 5º: De forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 23 DE SETIEMBRE DE 1994.