HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
-----------------------------------------------
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1754
Artículo 1ro: Queda prohibido en todo el ámbito del
Partido
de
Colón, la comercialización y/o la aplicación de
insecticidas tales como monocrotofós, como tacuricidas y regulado su uso
en otras plagas de acuerdo a lo establecido
en la Ley Provincial de Agroquimicos
Nº 10.699.-
Artículo
2do: De
forma.-
DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELLIBERANTE DE COLON (B) EL DIA 22 DE NOVIEMBRE DE 1.996.-