HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
2720 Colón Buenos Aires
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EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D
E N A N Z A Nº 1877
Artículo
1ro.: El
Consejo Municipal del Discapacitado, creado
por el Artículo 10mo. de la Ordenanza Nro. 1589, se integrar de la
siguiente manera: un (1) representante de cada una de las Areas y Departamentos
Municipales, un (1) representante por cada una de las entidades no
gubernamentales afines con la problemática y un (1) representante de la Escuela
Provincial. Nro. 501.-
Artículo
2do.: Los
integrantes del Consejo
Municipal del
Discapacitado que representan a las entidades no gubernamentales tendrán un mandato de un
año a partir de su nombramiento, pudiendo ser reelegidos por períodos iguales.-
Artículo
3ro.: En
la primera reunión del
Consejo Municipal
Del Discapacitado, con esta nueva integración designar un miembro
coordinador que tendrá exclusivamente a su cargo las relaciones institucionales,
preferentemente con las distintas Areas
del Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo
4to.: Los integrantes
del Concejo Municipal
del
Discapacitado que pertenezcan a distintos estamentos municipales, cesar
en sus funciones por decisión del Departamento Ejecutivo Municipal y los
representantes de las entidades no Gubernamentales cuando estas lo determinen
debiendo proponer su reemplazo.-
Art¡culo
5to.: El
Consejo Municipal del Discapacitado
tendrá
funciones asesoras y
consultivas del
Sr. Intendente Municipal en el Area de la discapacidad
y sus integrantes se desempeñarán “ad-honorem”.-
Artículo
6to.: El Consejo
Municipal del Discapacitado no
Administrar fondo alguno, ni prestar servicios ni ejecutar obras en forma directa, sino que
todas las que pudiera aconsejar ser ejecutadas por el Departamento Ejecutivo
Municipal.-
Asimismo, este Organismo Municipal queda totalmente
desvinculado del manejo, en forma
directa, de las partidas presupuestarias previstas en el
Artículo 6to. de la Ordenanza Nº 1589, las que serán ejecutadas por el
Departamento Ejecutivo .-
Artículo
7mo.: De
forma.-
DADO Y
APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLON (B),
EN SESION ORDINARIA DEL DIA 10 DE JUNIO DE 1.998.-